DESCRIPCIÓN
<p> ALQUILER MONOAMBIENTE EN PLANTA BAJA – AL FRENTE<div>Práctico monoambiente en planta baja, ubicado en la esquina de Coronel Salvadores e Isabel la Católica, a solo una cuadra de Avenida Montes de Oca.</div><div><br></div><div>La propiedad cuenta con ventanal hacia la calle Isabel la Católica, cocina a gas integrada al ambiente principal y baño completo.</div><div><br></div><div>Una unidad simple, funcional y de fácil mantenimiento, ideal para quien busca una opción práctica en una zona con excelente ubicación y conectividad.</div><div><br></div><div>A pocos metros de la Avenida Montes de Oca, con comercios, supermercados, gastronomía, servicios y medios de transporte en las inmediaciones.</div><div><br></div><div>Características:</div><div><br></div><div>Monoambiente</div><div>Planta baja</div><div>Esquina</div><div>Ventanal a la calle</div><div>Cocina a gas integrada</div><div>Baño completo</div><div>Excelente ubicación</div><div>A 1 cuadra de Avenida Montes de Oca</div><div>Expensas incluidas en el valor del alquiler</div><div>El valor publicado incluye las expensas.</div><div><br></div><div>Consultanos para coordinar una visita.</div><div><br></div> <br><br>
</p><p><br></p><p><br></p><p>Toda la información provista es aproximada y deberá ratificarse con la documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Fotografías no vinculantes ni contractuales.</p><div>Ley 5115: Edificio apto para personas con movilidad reducida.</div><div>Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).</div><div>Corredor inmobiliario Responsable: Leandro Martiarena - CUCICBA Matricula Profesional: 8518</div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div>LEY 5859 – ART. 5<div>“Se encuentre prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato.”</div><div><br></div></div>