DESCRIPCIÓN
Departamento de 3 Ambientes en Alquiler en San Telmo<div><br></div><div>Excelente oportunidad de alquiler en el corazón de San Telmo, uno de los barrios más emblemáticos y con mayor identidad de la ciudad. Ubicado sobre la calle Bolívar al 1400, en una zona estratégica con cercanía a múltiples medios de transporte, comercios, espacios culturales y gastronómicos. A pocas cuadras de Parque Lezama, rodeado de bares tradicionales, ferias y con fácil acceso al centro porteño.</div><div><br></div><div>La unidad se desarrolla al frente y se destaca por su gran luminosidad y excelente distribución:</div><div><br></div><div>Amplio hall recibidor que brinda una cálida bienvenida</div><div>Living comedor de generosas dimensiones, con ventanales al frente y orientación oeste</div><div>Cocina con comedor diario, muy cómoda y funcional, con excelentes espacios de guardado</div><div>Lavadero independiente</div><div>Dos dormitorios amplios, ambos con placares de muy buenas dimensiones</div><div>Baño completo, de gran tamaño y Toilette.</div><div>El departamento cuenta con doble orientación (este y oeste), lo que garantiza luz natural durante todo el día y ventilación cruzada.</div><div><br></div><div>Se encuentra en excelente estado general, con pisos de parquet muy bien conservados y ambientes cómodos, ideales para una vida práctica y confortable.</div><div><br></div><div>Una propiedad funcional, luminosa y con una ubicación privilegiada en San Telmo.</div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div>Toda la información provista es aproximada y deberá ratificarse con la documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Fotografías no vinculantes ni contractuales.<div>Ley 5115: Edificio apto para personas con movilidad reducida.</div><div>Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).</div><div>Corredor inmobiliario Responsable: Leandro Martiarena - CUCICBA Matricula Profesional: 8518</div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div>LEY 5859 – ART. 5<div>“Se encuentre prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato.”</div><div><br></div></div></div> <br>