DESCRIPCIÓN
<p> Descubra este encantador PH de 2 ambientes ubicado en Barracas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Situado en el primer piso al que se accede por escalera, este inmueble se destaca por no tener expensas, lo cual representa un ahorro significativo en los gastos mensuales.<br><br>Al ingresar, encontrará un amplio living comedor que se extiende hacia el frente de la propiedad, brindando una excelente luminosidad natural. La cocina está integrada, optimizando así el espacio y ofreciendo una sensación de amplitud. El dormitorio es acogedor, perfecto para el descanso y cuenta con un baño completo que asegura comodidad y funcionalidad.<br><br>Este PH es a estrenar y ofrece un equilibrio entre solidez estructural y modernidad. Se encuentra en una zona privilegiada de Barracas, con acceso a servicios esenciales como agua corriente, cloaca, gas natural, electricidad y pavimento.<br><br>La disposición al frente garantiza una gran entrada de luz, haciendo de este hogar un lugar cálido y acogedor. Ideal para quienes buscan un espacio propio en una ubicación céntrica y con la tranquilidad que ofrece un barrio tradicional de Buenos Aires.<br><br>No pierda la oportunidad de conocer esta propiedad única.<br><br>NO SE ACEPTAN MASCOTAS.</p><p><br><br>Toda la información provista es aproximada y deberá ratificarse con la documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Fotografías no vinculantes ni contractuales.<br>Ley 5115: Edificio no apto para personas con movilidad reducida.<br>Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).<br>Corredor inmobiliario Responsable: Leandro Martiarena - CUCICBA Matricula Profesional: 8518<br><br><br><br>LEY 5859 – ART. 5<br>“Se encuentre prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato.”<br> </p><p><br></p>